El Partido Ágora (ÁGORA), inscrito en el Folio 322 del Tomo IX del Libro de Inscripciones del Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior, con NIF G93445096, en virtud del artículo 6 de la Constitución, como instrumento fundamental de participación política, ante esta Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía
PROPONE
-La reforma de la Ley 4/1997, de 9 de julio, de Prevención y Asistencia en Materia de Drogas, añadiendo un artículo 33 bis que reproduciría el siguiente contenido literal del artículo 83 de la Ley 1/2016, de 7 de abril, de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias del País Vasco:
“Artículo 33 bis. Entidades de personas consumidoras de cannabis.
1. En aras al objetivo de protección de la salud y reducción de daños se regularán mediante reglamento las entidades –legalmente registradas y sin ánimo de lucro– constituidas por personas mayores de edad consumidoras de cannabis. Estas entidades incluirán entre sus objetivos asociativos la colaboración con la Administración, en el cumplimiento efectivo de la normativa vigente, así como en la prevención de las adicciones y en la promoción del consumo responsable del cannabis y otras sustancias.
2. Únicamente podrán acceder a sus locales las personas mayores de edad. Reglamentariamente se determinarán las condiciones de admisión a personas socias y las garantías para que quienes formen parte de estas entidades cuenten con la información suficiente para hacer un uso responsable e informado del cannabis, así como las facultades de la Administración sanitaria en materia de inspección y control sobre los locales y las actividades de las entidades de personas consumidoras de cannabis.”
Sería una respuesta andaluza ante la falta de seguridad jurídica para los clubes de cannabis.